USO DEL ASIENTO DELANTERO
POR LA NOCHE
Transcribimos a continuación la Resolución Nro. 2493/00 de
la Intendencia Municipal de Montevideo.
ACONDICIONAMIENTO URBANO
Resolución Nro.: 2493/00
Expediente Nro.: 4701-014452-00
Montevideo, 24 de Julio de 2000.
VISTO: estas actuaciones relacionadas con la seguridad de los
chóferes de automóviles con taxímetros:
RESULTADO:
- que la División Tránsito y Transporte informa que:
- en una estadística aportada por la Jefatura de
Policía de Montevideo relacionada con el número de rapiñas a la que
se ha visto sometido el sector taxímetro en los últimos 6 años, surge
un incremento significativo agravado en los últimos tiempos por el uso
permanente de violencia y
- al ser esta Administración responsable como reguladora
del servicio de automóviles con taxímetros en cuanto a su calidad,
escapando a esta jurisdicción y competencia la inseguridad en dicho
servicio, se han prácticamente agotado las medidas que se pueden
incorporar desde el punto de vista reglamentario a las unidades y a la
prestación de los servicios.
- asimismo expresa que quedaría una medida a adoptar que
complementaría la función que cumple la mampara y que tiene que ver con la
prohibición de llevar pasajeros en el asiento delantero en las horas más
críticas de la noche y madrugada, donde se verifica el mayor número de
asaltos, por lo que se propone modificar el Art. R. 500 del Título II,
"De los Servicios Privados de Interés Públicos" Capítulo I
" De los automóviles con taxímetro" del Libro V "Del
Transporte" del Volumen V " Tránsito y Transporte" del
Digesto Municipal.
CONSIDERANDO: que el Departamento de acondicionamiento Urbano
propicia dictar resolución de acuerdo a lo aconsejado.
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MONTEVIDEO
RESUELVE:
- Modificar el Art. R. 500 del Título II, "De los
Servicios Privados de Interés Públicos" Capítulo I "De los
automóviles con taxímetro" del Libro V "Del Transporte" del
Volumen V "Tránsito y Transporte" del Digesto Municipal, el que
quedará redactado de la siguiente manera:
Art. R. 500.- Se prohíbe a los conductores de taxis llevar pasajeros en el
asiento delantero, en tanto exista lugar disponible en el asiento trasero,
desde la puesta y hasta la salida del sol.
- Comuníquese a la Secretaría General a fin de cursar nota
a la Junta Departamental de Montevideo, al Servicio de Prensa y
Comunicaciones y a la Unidad de Actualización Normativa y pase a la
División Tránsito y transporte a sus efectos.
ARQ. MARIANO ARANA, Intendente Municipal.
DRA. MARIA JULIA MUÑOZ, Secretaría General.
Copyright
© 2000 Taxilibre.com
Máximo
Gómez 1424
Tel
099681015
info@taxilibre.com
Montevideo
- Uruguay